Hola,
Estoy pensando en intentar hacer un proyecto y ponerle en KickStarter o otros lugares similares para crowdfunding.
Asumiendo que habrá éxito :), alguien sabe desde el punto de vista de Hacienda que representa el dinero que recibes? Es un ingreso normal o se contabiliza de otra manera?
Hola, tengo experiencia en este asunto. Soy Co-Founder & CTO en Projeggt, plataforma de crowdfunding española.
Os dejo el enlace de las FAQ en la que hay mucha información sobre la fiscalizad en la plataforma: http://www.projeggt.com/faq/1/
Más concretamente la gestión fiscal: http://www.projeggt.com/faq/1/#fiscal
En el punto 2 de la fiscalidad:
"2. Sobre la declaración del ingreso de los fondos que provengan de la campaña.
Si no tienes una Sociedad constituida, debes estar dado de alta como autónomo y declarar los ingresos de la campaña en tu IRPF. Si tienes Sociedad constituida podrás declarar esos ingresos dentro de la declaración del Impuesto de Sociedades."
Si tienes más dudas puedes consultarnos sin ningún problema directamente en contact@projeggt.com
También te recomiendo que tantees nuestra plataforma Projeggt (http://www.projeggt.com). No es necesario ir a Kickstarter para hacer buen crowdfunding
No me lo he leído entero, pero aquí tienes la respuesta
http://m.genbeta.com/web/el-gobierno-le-mete-mano-al-crowdfunding-impondra-limites-a-las-campanas-y-a-las-aportaciones
Hombre, en los crowdfunding normalmente se da algo a cambio del dinero que te dan, no?
Si es así, debería ser un ingreso normal porque es como cobrar tu producto por adelantado.
Si no dieses nada a cambio supongo que sería como una donación y ahi se tributaría como donación.
Viendo que eres de España, la última vez que miré no se podían empezar campañas kickstarted desde aqui, no se si ya lo habrán cambiado.
A hacienda el Crowdfunding le parece fenomenal. Todo lo que sea entrada de dinero en un país seco a golpe de salvar el sistema bancario le parece estupendo. Ten en cuenta que Hacienda es el socio sin ideas ni sentido del riesgo, que se va a quedar con el 50% de tu negocio si tienes éxito. Es como el vecino que sólo viene por casa cuando huele la barbacoa.
Por otro lado a hacienda lo que no le gustan son las compañías creadas en Delaware, Panamá, o Uruguay, que levantan fondos en el extranjero y en realidad pertenecen a residentes españoles.
Una vez aclarado lo anterior. Si tú recibes dinero como un préstamo o a cambio de una participación, no es un ingreso, y no debes jamás considerarlo como ventas a futuro, porque entonces sí que vendrá el socio anteriormente nombrado a cobrar su parte.
La clave reside más en cómo se consigna esa entrada de dinero en tus cuentas, que en cómo lo hayas ofrecido en la plataforma. Si tú y el aportante lo consideráis un préstamo, y así lo consignas en tu contabilidad, hacienda no podrá levantarte nada.
Si planeas levantar fondos en el extranjero y vender en el extranjero, y no tienes grandes ataduras aquí, yo me plantearía seriamente una residencia en el extranjero.
Estoy pensando en intentar hacer un proyecto y ponerle en KickStarter o otros lugares similares para crowdfunding.
Asumiendo que habrá éxito :), alguien sabe desde el punto de vista de Hacienda que representa el dinero que recibes? Es un ingreso normal o se contabiliza de otra manera?
Muchas gracias :)
08/02/2014 21:21
Os dejo el enlace de las FAQ en la que hay mucha información sobre la fiscalizad en la plataforma: http://www.projeggt.com/faq/1/
Más concretamente la gestión fiscal: http://www.projeggt.com/faq/1/#fiscal
En el punto 2 de la fiscalidad:
"2. Sobre la declaración del ingreso de los fondos que provengan de la campaña.
Si no tienes una Sociedad constituida, debes estar dado de alta como autónomo y declarar los ingresos de la campaña en tu IRPF. Si tienes Sociedad constituida podrás declarar esos ingresos dentro de la declaración del Impuesto de Sociedades."
Si tienes más dudas puedes consultarnos sin ningún problema directamente en contact@projeggt.com
También te recomiendo que tantees nuestra plataforma Projeggt (http://www.projeggt.com). No es necesario ir a Kickstarter para hacer buen crowdfunding
28/02/2014 12:25
http://m.genbeta.com/web/el-gobierno-le-mete-mano-al-crowdfunding-impondra-limites-a-las-campanas-y-a-las-aportaciones
08/02/2014 17:17
Si es así, debería ser un ingreso normal porque es como cobrar tu producto por adelantado.
Si no dieses nada a cambio supongo que sería como una donación y ahi se tributaría como donación.
Viendo que eres de España, la última vez que miré no se podían empezar campañas kickstarted desde aqui, no se si ya lo habrán cambiado.
28/02/2014 17:12
10/02/2014 13:00
Por otro lado a hacienda lo que no le gustan son las compañías creadas en Delaware, Panamá, o Uruguay, que levantan fondos en el extranjero y en realidad pertenecen a residentes españoles.
Una vez aclarado lo anterior. Si tú recibes dinero como un préstamo o a cambio de una participación, no es un ingreso, y no debes jamás considerarlo como ventas a futuro, porque entonces sí que vendrá el socio anteriormente nombrado a cobrar su parte.
La clave reside más en cómo se consigna esa entrada de dinero en tus cuentas, que en cómo lo hayas ofrecido en la plataforma. Si tú y el aportante lo consideráis un préstamo, y así lo consignas en tu contabilidad, hacienda no podrá levantarte nada.
Si planeas levantar fondos en el extranjero y vender en el extranjero, y no tienes grandes ataduras aquí, yo me plantearía seriamente una residencia en el extranjero.
28/02/2014 17:09
28/02/2014 17:13
Hay mucha confusión con la nueva ley, ojo porque no se aplica a plataformas de reward como es Projeggt o Kickstarter